Tarjeta de Larga Duración Unión Europea.

Información sobre Permisos de Residencia en España - Abogado para Permisos de Residencia y Trabajo
Permisos de Residencia

Es una autorización de residencia de larga duración-UE que autoriza a residir y trabajar en España indefinidamente en las mismas condiciones que los españoles y otorga la posibilidad de obtener una autorización de residencia o residencia y trabajo en otros Estados miembros de la Unión, en las condiciones que éstos determinen.

Lo que significa que aunque tengamos la tarjeta azul, la autorización para residir y trabajar en otro Estado Miembro no es automática, al igual que España, deberemos acompañar además de nuestra tarjeta azul la documentación que nos exijan en los referidos trámites, en esos países de la UE.

 

Se regula por la Directiva 2003/109/CE del Consejo, de 25 de noviembre de 2003 relativa al estatuto de los nacionales de terceros países residentes de larga duración, la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de Enero sobre Derechos y Libertades de los Extranjeros en España y su Integración Social (artículo 32) y el  Real Decreto 557/2011, de 20 de abril (artículo 151 a 154).

 

Requisitos:

  1. No ser ciudadano de un Estado de la Unión Europea, del Espacio Económico Europeo o de Suiza, o familiar de ciudadanos de estos países a los que les sea de aplicación el régimen de ciudadano de la Unión.
  2. Carecer de antecedentes penales en España y en sus países anteriores de residencia por delitos existentes en el ordenamiento español.
  3. No tener prohibida la entrada en España y no figurar como rechazable en el espacio territorial de países con los que España tenga firmado un convenio en tal sentido.
  4. Haber residido legalmente y de forma continuada en el territorio español durante cinco años. La continuidad no quedará afectada por ausencias de hasta seis meses continuados, siempre que la suma no supere diez meses dentro de los cinco años, o que la suma no supere un año, si las ausencias son por motivos laborales.
    Para los cinco años requeridos, se computarán los periodos en situación de estancia por estudios, movilidad de alumnos o prácticas no laborales en el 50% de la duración de los mismos, siempre que en el momento de la solicitud se encuentre en situación de residencia en España.
  5. A los titulares de tarjeta azul-UE que hayan residido al menos los dos últimos años en territorio español, para computar los 5 años requeridos se les tendrá en cuenta la residencia en la Unión Europea como titular de tarjeta azul-UE. En este caso las ausencias de la Unión Europea podrán ser de hasta doce meses continuados, y la suma de éstas no podrá superar el total de dieciocho meses dentro de los cinco años.
  6. Disponer de recursos fijos y regulares para su manutención y, en su caso, de la familia que estuviera a su cargo. Para unidades familiares que incluyan dos miembros se exigirá una cantidad que represente el 150% del IPREM, por cada miembro adicional se deberá sumar un 50% más.
    Los recursos podrán provenir de recursos propios o de la realización de actividades laborales o profesionales.
  7. Disponer de seguro de enfermedad público o privado que cubra los riesgos normalmente asegurados a los ciudadanos españoles.

Documentación:

  1. Impreso de solicitud (EX-11) 
  2. Copia del pasaporte completo, título de viaje o cédula de inscripción en vigor.
  3. En su caso, documentación acreditativa de los periodos de residencia previa como titular de tarjeta azul-UE en otros Estados miembros de la Unión Europea.
  4. Documentación acreditativa de los recursos fijos y regulares suficientes para su manutención y, en su caso, la de su familia.
  5. Documentación acreditativa de disponer de seguro de enfermedad.
  6. Tasa Modelo 790 código 052 epígrafe 2.6 "autorización de residencia de larga duración y autorización de residencia de larga duración-UE a abonar por el extranjero.

El procedimiento, dependerá de si el interesado se encuentra en territorio español o no:

Si se encuentran en territorio español el extranjero podrá presentar la solicitud personalmente o a través de representación, en cualquier registro público y dirigido a la Oficina de Extranjería de la provincia donde resida.

 

Si no se encuentran en territorio español, el extranjero deberá presentar la solicitud personalmente en la misión diplomática u oficina consular española de su demarcación de residencia.

Plazo de resolución de la solicitud será de 3 meses contados a partir del día siguiente a la fecha en que haya tenido entrada en el registro del órgano competente para tramitarlas. Transcurrido dicho plazo sin que la Administración haya practicado la notificación, se podrá entender que la solicitud ha sido estimada por silencio administrativo.

 

Los titulares de una autorización de residencia de larga duración-UE deberán solicitar la renovación de la tarjeta de identidad de extranjero cada cinco años. La solicitud se deberá presentar durante los sesenta días naturales anteriores a la fecha de expiración, o en los 90 posteriores a su vencimiento.

 

En el caso que un extranjero, extracomunitario, desea ir a trabajar a otro Estado Miembro de la UE, que no sea España, es imprescindible que tenga la TARJETA DE LARGA DURACIÓN UE, junto con la correspondiente solicitud de autorización de trabajo en ese país donde desea trabajar.

 

El extranjero, con Tarjeta de Larga Duración UE que desee irse fuera de España a trabajar a otro país de la UE, deberá presentar, dentro de los primeros 3 meses de estancia en ese nuevo país, solicitud de autorización de residencia.

 

¿Qué diferencias hay entre la tarjeta de larga duración y la de larga duración UE?

Ambas Tarjetas son autorizaciones que permiten residir y trabajar en España indefinidamente en las mismas condiciones que los españoles.

La diferencia radica en que la de Larga Duración UE otorga además la posibilidad de obtener autorización de residencia y trabajo en otros Estados Miembros de la UE, en las condiciones en que esos Estados Miembros determinen.

 

El titular de una Tarjeta de Larga Duración puede cambiar a UE, sin problema pues el primero de los requisitos que se exigen es ser titular de esta tarjeta.

 




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