Regularización para los extranjeros afectados por la DANA.

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Derecho de extranjería.


El Consejo de ministros ha aprobado un acuerdo por el que se regularizará a más de 25.000 extranjeros afectos por la DANA, se facilitarán además las renovaciones de permisos que estuvieran  en trámite, y se podrán cobrar las pertinentes ayudas.

 

Todos aquellos extranjeros y sus familiares (cónyuges, pareja de hecho o estable, hijos menores o adultos con alguna discapacidad), que estuvieran empadronados, hubieran solicitado cita para empadronarse o tuvieran su trabajo en cualquiera de los 80 municipios afectados por DANA, entre el 28 de octubre y el 4 de noviembre, podrán solicitar una autorización de residencia y trabajo por circunstancias excepcionales de un año. Aquellos que tuvieran algún familiar que hubiera fallecido como causa de la DANA, podrá acceder a un permiso de residencia por cinco años.

El plazo para la solicitud de estos permisos comienza el 14 de febrero de 2024 y finalizará el 14 de mayo de 2025.

 

Además, se establecen una serie de mediadas para facilitar la renovación de los permisos para evitar quedar en situación irregular, así como de las solicitudes presentadas en esas fechas que consistirán en lo siguiente:

 

- Se renovarán de forma automática (previa solicitud) las tarjetas de residencia y trabajo o de estancia (estudiantes) que caduquen entre el 30 de julio de 2024 y el 1 de abril de 2025 (salvo que el interesado tenga antecedentes penales). Y aquellas solicitudes que hayan sido denegadas antes de la entrada en vigor de la Instrucción, serán revisadas de oficio.

- Las solicitudes de renovación presentadas antes del 4 de noviembre de 2024 que no cumplan algún requisito como consecuencia de los efectos de la DANA, serán igualmente concedidas.

 Aquellas autorizaciones que estuvieran pendientes del Alta en la Seguridad Social por parte del empleador, tendrán validez. aunque este no haya podido formalizar el trámite.

 

Los requisitos principales serán:

  • Estar empadronado, haber solicitado cita para ello o  tener su trabajo en cualquiera de los 80 municipios,   entre el 28 de octubre y el 4 de noviembre.
  • Carecer de antecedentes penales.
  • No tener prohibida la entrada en España o figurar como rechazable.
  • No encontrarse dentro del plazo de no retorno a España.

     Por ahora no se establece la posibilidad de poder obtener la nacionalidad por carta de naturaleza, como si ocurrió tras los atentados del 11M.

 

Elena Abella

Abogada de Extranjería.


Resolución afectados por la DANA



Abogada de Extranjeria en Madrid - Nacionalidad