Tras la entrada en vigor de lareforma del Real Decreto 240/2007 que regula el régimen comunitario, se creó el concepto de familia extensa, por el cualse ampliaban los familiares a
los cuales el ciudadano español o comunitario podía otorgarles el derecho a vivir con ellos en España. Por ello, son muchos los extranjeros nacionalizados que desean reagrupar a sus familiares; pero es importante
tener en cuenta el concepto “estar a cargo” exigido por el reglamento y tener en cuenta que es lo que implica este término.
Pongamos por ejemplo unciudadano español que quiere reagrupar a su
hermano;no bastará con que acredite documentalmente que ha
enviado a éste de forma periódica dineroen cantidad suficiente para su
mantenimiento;sino
también que éste forma parte de su círculo familiar;es decir que no tiene
a su vez su propia familia (cónyuge, hijos…) sino que su única familia es el ciudadano español con el que mantiene una relación estrecha, siendo por ejemplo fundamental la convivencia
previa.
Es imprescindible demostrar queel familiar ha vivido gracias al dinero enviado
careciendo de otro tipo de ingresosy acreditar esta circunstancia documentalmente;
por ejemplo, si es estudiante aportar certificado de estudios. Adjuntar documentos oficiales del país que demuestren que no cobra prestación alguna, por desempleo o pensión, que nunca ha
trabajado etc…
Será complicado por tanto que el Consulado de España conceda el correspondiente Visado de Familiar
de la Unión Europea en caso de no poder demostrarse fehacientemente el cumplimiento de este concepto.