El próximo 20 de mayo entra en vigor el Nuevo Reglamento de Extranjería y entre las principales novedades del permiso para familiares de ciudadanos españoles, se encuentra la posibilidad de poder obtener un permiso de residencia los hijos de padres españoles de origen, es decir aquellos que hayan obtenido la nacionalidad española por La Ley de Memoria Democrática actual o la anterior Ley de Memoria Histórica.
Esta opción se encuentra regulada en el artículo 94.1 del Real Decreto 1155/2024, y tiene varias ventajas como son:
La documentación a aportar sería:
El permiso obtenido tendrá una vigencia de cinco años y permitirá residir y trabajar por cuenta propia o ajena.
Abogada de Extranjería.
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