Debe realizarse en aquellos supuestos en los que se haya cesado en la condición de residente comunitario o
familiar de residente comunitario, por ejemplo: separación de derecho o divorcio del cónyuge español o
comunitario, hijos mayores de 21 años que hayan empezado a trabajar
etc...
El plazo para realizar la modificación es de tres meses a partir del momento en el que se produzca el
hecho que dará lugar a la pérdida de la condición de comunitario, (por ejemplo, en caso de divorcio, el plazo comenzará a contar desde la notificación de la sentencia).
Documentación para obtener la Tarjeta de Residencia no Lucrativa.
-
Documentación acreditativa de encontrarse en alguno de los supuestos anteriores (sentencia de
divorcio).
-
Impreso
de solicitud en modelo oficial EX–01
-
Carecer
de antecedentes penales en España y en sus países anteriores de residencia
por delitos existentes en el ordenamiento español.
-
No
tener prohibida la entrada en España y no figurar como rechazable en el
espacio territorial de países con los que España tenga firmado un convenio en tal sentido.
-
Tener
medios económicos necesarios para sufragar los gastos de permanencia y, en
su caso, los de sus familiares, de acuerdo con las siguientes cuantías:
Para su sostenimiento mensualmente el 400 % del IPREM (2.130 euros
mensuales).
Para el sostenimiento de cada uno de sus familiares, el 100% del IPREM (532.51 euros mensuales).
Se podrá acreditar por cualquier medio de prueba,
incluyendo la aportación de títulos de propiedad, cheques certificados o tarjetas de crédito acompañados de una certificación bancaria que acredite la cantidad disponible como crédito en la
tarjeta.
Si los medios proceden de acciones o participaciones en empresas españolas, mixtas o extranjeras, radicadas en España, se acreditará mediante certificación de las mismas que el solicitante no
ejerce actividad laboral alguna, acompañando declaración jurada en tal sentido.
-
Contar
con un seguro público o privado de enfermedad concertado con una Entidad
aseguradora autorizada para operar en España.
-
Modelo 790, Código 052 epígrafe
2.1 “autorización inicial de residencia temporal”.
Documentación a aportar, para obtener la tarjeta
de residencia y trabajo por cuenta ajena.
-
Documentación acreditativa de encontrarse en alguno de los supuestos anteriores ejemplo sentencia de
divorcio.
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Impreso de solicitud
en modelo oficial (EX–03).
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Copia del pasaporte
completo o título de viaje.
-
Certificado de
antecedentes penales expedido por las Autoridades del país o países en
que haya residido durante los cinco últimos años anteriores a su entrada en España.
-
En
el supuesto de no estar en alta en el régimen correspondiente de Seguridad Social como trabajador por cuenta ajena, deberán aportar:
Documentación que
identifique a la empresa:
-
Si se trata de un empresario individual: copia del NIF ó NIE, o consentimiento para
comprobar los datos de identidad a través del Sistema de Verificación de Datos de Identidad y Residencia.
-
Si se trata de una persona jurídica (S.A, S.L., Cooperativa, etc.):
Copia
del NIF de la empresa y copia de la escritura de constitución debidamente inscrita en el Registro correspondiente.
Copia del documento público que acredite que el firmante del contrato ostenta la representación legal de la empresa.
Copia del NIF o NIE o consentimiento para comprobar los datos de identidad a través del Sistema de Verificación de Datos de Identidad y Residencia ó NIE del firmante del contrato.
Contrato de trabajo
firmado.
Acreditación de que la
empresa puede garantizar la solvencia económica, material o personal, a
través de: copia de la declaración del IRPF, o del IVA, o del Impuesto de Sociedades o del informe de la vida laboral de la empresa (VILE), referido a los últimos tres años. Asimismo, debe
aportarse una memoria descriptiva de la ocupación a realizar.
-
Modelo 790, Código 052 epígrafe 2.1 “autorización inicial de residencia
temporal”:Modelo 790 código 062, a abonar por el empleador:
Retribución inferior a 2 veces el SMI.:epígrafe 1.1 por cuenta ajena con autorización de residencia
Retribución igual o superior a 2 veces el SMI.: epígrafe 1.6 por cuenta ajena con autorización de residencia
Documentación para obtener la Tarjeta de Residencia por Cuenta propia.
- Documentación acreditativa de encontrarse en alguno de los supuestos anteriores ejemplo sentencia de divorcio.
-
Carecer de
antecedentes penales en España y en sus países anteriores de residencia
por delitos existentes en el ordenamiento español.
-
No
tener prohibida la entrada en España y no figurar como rechazable en el
espacio territorial de países con los que España tenga firmado un convenio en tal sentido.
-
Impreso
de solicitud en modelo oficial (EX–07)
- Modelo 790, Código 052 o Modelo 790, Código 062.
-
Estar en alta en el
Régimen correspondiente de Seguridad Social como trabajador por cuenta
propia o cumplir los siguientes requisitos:
-
Cumplir los requisitos que la legislación vigente exige para la apertura y funcionamiento de la actividad proyectada.
-
Poseer la cualificación profesional exigible o experiencia acreditada, suficiente en el ejercicio de la actividad profesional, así como en su caso la
colegiación cuando así se requiera.
-
Poder acreditar que la inversión prevista sea suficiente y la incidencia, en su caso, en la creación de empleo.
-
Poder acreditar que cuenta con recursos económicos suficientes para su manutención y
alojamiento, una vez deducidos los necesarios para el mantenimiento de la actividad.
-
Proyecto de establecimiento o actividad a realizar, con indicación de la inversión prevista,
su rentabilidad esperada y, en su caso, puestos de trabajo cuya creación se prevea.