El nuevo reglamento de extranjería se aprobó el pasado 19 de noviembre (ver texto íntegro) y entrará en vigor dentro de seis meses, es decir el 20 de mayo de 2025.
El reglamento trae consigo importantes cambios, algunos muy beneficiosos, como la creación de nuevos permisos por arraigo (sociolaboral, segunda oportunidad, nuevo arraigo social…) mejoras para los estudiantes etc…
Sin embargo, para los familiares de españoles las modificaciones no son tan ventajosas, pues, aunque se amplia el plazo para reagrupar a los hijos sin tener que demostrar que están a cargo hasta los 26 años (en la actualidad el plazo máximo son los 21), respecto a los ascendientes tendrá que acreditarse que están a cargo del ciudadano español hasta los 80 años. (Ver características del nuevo permiso)
Además, hasta la fecha, los familiares de español que no necesitan solicitar visado comunitario (Argentina, Colombia, Perú, Chile, México etc…), pueden entrar directamente en España y solicitar el arraigo familiar, sin importar la edad que tenga el interesado, pero el nuevo reglamento limita el Arraigo familiar para los padres de menores de edad nacionalesde otro Estado miembro de la Unión Europea, del Espacio Económico Europeo o de Suiza que acrediten que vive con el menor o que cumple con sus obligaciones paterno filiales.
Por tanto, mi consejo es, que estos familiares soliciten lo antes posible el permiso, pues, aunque su solicitud no se haya resuelto cuando entre en vigor el nuevo reglamento no les afectará.
Abogada de Extranjería.