La existencia de Antecedentes es una de las principales causas de denegación de los permisos de residencia.
Es necesario realizar una distinción entre los Antecedentes Penales y los Policiales.
Los antecedente penales, son aquellos que se originan como consecuencia de una condena con independencia de la gravedad del delito o falta, para poder cancelarlos ante el Ministerio de Justicia, es necesario que el interesado haya cumplido de forma íntegra la pena impuesta y haya transcurrido un plazo de tiempo, que dependerá del tipo de delito cometido y la pena establecida.
Los antecedentes policiales, se originan cuando la persona es detenida, aunque posteriormente las Diligencias se archiven o se dicte una Sentencia absolutoria; para poder cancelar los mismos ante la Guardia Civil o Comisaría de Policía, es necesario que el interesado NO tenga antecedentes penales, y aporte documentación que acredite el archivo firme de las actuaciones.
Abogada de Extranjería.