El día 19 de noviembre de 2024 fue aprobado el Nuevo Reglamento de Extranjería (ver texto íntegro), habiendo sido publicado en el BOE el día 20 de noviembre de 2024 y entrará en vigor el 20 de mayo de 2024.
Este Reglamento trae importantes cambios como por ejemplo la reducción de la estancia en España para acogerse al los permisos por arraigo, bastando con acreditar dos años en el país.
El Arraigo sociolaboral. necesitará de un contrato de trabajo o varios pero limitando la jornada semanal a 20 horas, garantizando el salario mínimo o según convenio.
Para aquellos que no cuenten con una oferta de empleo, pero si tengan familia legal directa en España, se crea el Arraigo social.
Se mejora igualmente el arraigo para la formación, llamado ahora Socio formativo que no había tenido el éxito esperado, permitiéndose que el interesado pueda trabajar mientras estudia.
Se crea un nuevo arraigo llamado Segunda oportunidad, para aquellas personas que hubieran tenido residencia y no hubieran podido renovarla por algún motivo (salvo la existencia de antecedentes penales)
Y respecto a los solicitantes de asilo, que en un principio iban a poder regularizarse por la vía del arraigo de la segunda oportunidad, se ha cambiado de criterio con el fin de que no se utilice el procedimiento de asilo como una vía final para obtener un permiso; pero se va regularizar de forma extraordinaria a todos aquellos que lo hubieran solicitado, pero se les haya denegado. (Ver completo)
En contrapartida, el Arraigo Familiar se va a limitar a los hijos menores de españoles o discapacitados nacionales de países de la UE; EEE o Suiza. No se requerirá tiempo de estancia en España.
Se crea un nuevo permiso para familiares de ciudadanos de españoles, pudiendo reagruparse a los hijos hasta los 26 años, pero se exige que los ascendientes con independencia de su edad (salvo que sean mayores de 80 años) hayan estado a cargo del familiar español Respecto al procedimiento podrá realizarse desde España o en el Consulado dependiendo de si el familiar se encuentra en España o en su país de origen, permitiéndose el trámite incluso si ambos están fuera del territorio nacional.
Hay importantes ventajas para los estudiantes, que podrán modificar su residencia de forma más sencilla.
Respecto a los visados, su duración se amplía todos a un año.
Os adjuntamos la nota de prensa, puedes consultar el texto íntegro del Nuevo Reglamento de Extranjería pinchando aquí y análisis de su contenido.
Espero sea de vuestro interés
Por Elena Abella Díaz - Abogada de Extranjería
Telf. 91 530 96 98
19/11/2024
Consejo de Ministros
El Consejo de Ministros ha aprobado hoy, a propuesta del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, un nuevo Reglamento de Extranjería que tiene como principales objetivos adecuar la norma a la situación migratoria actual, satisfacer las necesidades de nuestro mercado laboral y de las personas migrantes, así como hacer frente al reto demográfico de nuestro país. Por otra parte, el nuevo texto cumple con el derecho de la Unión Europea a través de la transposición de directivas pendientes y la aplicación de los reglamentos comunitarios. “Es la reforma más integral y ambiciosa que se ha realizado en 13 años, desde su entrada en vigor en 2011”, ha destacado la ministra Elma Saiz.
“Representa un equilibrio entre la extensión y protección de los derechos de las personas migrantes y el rigor jurídico y la atención a las necesidades de España. Aporta seguridad jurídica, simplifica trámites y protege derechos, pero además ofrece nuevas posibilidades a las personas que hayan decidido desarrollar su proyecto de vida en España, a ellas y a sus familias”, ha puntualizado.
Además, este nuevo texto “va a servir para combatir a las mafias, el fraude y la vulneración de derechos”. “Hemos trabajado con las asociaciones que trabajan con migrantes, con la patronal y con los sindicatos, las comunidades autónomas y las entidades locales. Este texto es producto de un largo proceso de escucha”.
Principales novedades: visados
El nuevo texto crea un título específico para los visados, que clarifica el esquema de autorizaciones, los requisitos y los trámites en general. Todas las autorizaciones iniciales van a ser de un año y las renovaciones, de cuatro.
De esta forma, se evitan situaciones de irregular sobrevenida, algo que también se ha querido evitar en la nueva norma al aclarar y simplificar los trámites para el cambio de una situación de residencia a otra. Por ejemplo, no será necesario abandonar nuestro país para obtener la residencia de larga duración después de haber tenido una temporal.
“Debemos permitir a las personas realizar su proyecto de vida en España facilitando los cambios de estatus, por ejemplo, si un estudiante viene a formarse y luego se incorpora al mercado laboral, o si un familiar reagrupado decide obtener un permiso de trabajo propio”, ha explicado Elma Saiz.
También se ha extendido a un año el visado para la búsqueda de empleo, que antes era una autorización de 3 meses. Este visado permite la búsqueda de empleo en determinadas ocupaciones y ámbitos territoriales, de forma que los 12 meses “van a facilitar que las personas consigan un trabajo adecuado a su perfil profesional y, al mismo tiempo, que las empresas encuentren los profesionales que necesitan”.
Principales novedades: cinco figuras de arraigo
Mención específica merecen en esta reforma las figuras de arraigo. “Somos el único país de la Unión Europea que dispone de una figura específica para regularizar a las personas día a día a través del arraigo”, ha explicado Elma Saiz, “con cinco modalidades: el social, sociolaboral, familiar, socioformativo y de segunda oportunidad, que es una de las novedades más importantes de este nuevo Reglamento”. Esta nueva modalidad va dirigida a las personas que han tenido una autorización de residencia en los últimos dos años y no se hubiera renovado por diversas razones.
“El objetivo es reforzar y ampliar las vías de acceso a la regularización de las personas migrantes que están en España, para que puedan llevar una vida plena como ciudadanos: tener derechos y tener deberes”, ha explicado Saiz.
Estas figuras se homogeneizan y se reduce el tiempo de permanencia en España de 3 a 2 años. Asimismo, se flexibilizan los requisitos a cumplir y se habilita a trabajar tanto por cuenta ajean como propia desde el primer momento.
Todas estas autorizaciones serán de un año salvo la familiar, que será de 5.
A finales de 2023, había más de 210.000 personas con autorización por arraigo, 85.000 más que en 2022. Gracias a esto, la afiliación entre las personas con arraigo aumentó un 30,4% de 2022 a 2023. “Gracias a estas figuras, con las novedades que hemos incorporado, estimamos que se podrían regularizar unas 300.000 personas cada año en los próximos 3 años. Es una fórmula que se adapta plenamente al Pacto Europeo para la Migración”.
Tres palancas de inclusión: trabajo, formación y familia
En conjunto, “el Reglamento abre puertas que antes estaban cerradas mediante tres llaves: la formación, el empleo y la familia. Tres llaves que nos llevan a la inclusión, pero siendo muy exigentes con los requisitos jurídicos y exquisitos con los derechos humanos”, ha dicho la ministra.
Trabajo
En este sentido, la mayor parte de las autorizaciones reguladas en este reglamento habilitan para trabajar desde el primer momento, sin tener que solicitar de forma expresa una autorización inicial de trabajo por cuenta ajena. Esto incluye a las personas que vienen a realizar estudios, que podrán trabajar hasta 30 horas a la semana. De esta forma, se fomenta la inclusión del migrante y su integración en la sociedad.
En cuanto a las actividades de temporada, se ha creado una autorización específica de residencia y trabajo que facilita la contratación tanto a nivel individual como colectivo. Además, se mejora la protección de los derechos de los trabajadores, ya que deberán tener información concreta y escrita (en un idioma que comprendan) de sus condiciones laborales, de estancia y demás gastos. También se mejoran sus condiciones de habitabilidad y la seguridad del trabajador desde que sale de su país hasta que se da de alta en la Seguridad Social aquí. A esto se suma una mejora en la posibilidad de cambio de empleador en caso de abuso o por otras causas que hayan impedido el desarrollo de la relación laboral (fallecimiento del empleador, plaga en la cosecha etc.).
Por otra parte, el texto promueve que los empresarios dispongan de más información en todo el proceso, que es más sencillo y flexible para que puedan adaptarse a las necesidades concretas como la duración determinada o la gestión colectiva de contrataciones. Ampliar los permisos de residencia (con la fórmula 1+4) da mayor estabilidad y más garantías a las empresas.
Formación
Otra de las novedades para los estudiantes es que van a poder contar con una autorización de estancia por estudios que dure el mismo tiempo que su formación, y se les va a facilitar una vía rápida para poder enlazar con una autorización de trabajo una vez acabada su formación.
Durante sus estudios estarán autorizados a trabajar un máximo de 30 horas semanales, e independientemente de la formación que estén cursando.
Se han reforzado los requisitos y las obligaciones de los centros de estudios, por lo que le damos a los estudiantes una protección superior a la actual, “nos aseguramos de que obtengan una formación digna y suficiente y evitamos que sean víctimas de fraude”, ha dicho la ministra Elma Saiz.
Familia
Con el objetivo común de la inclusión, se ha mejorado la reagrupación familiar. Se ha creado una autorización de residencia para familiares de ciudadanos españoles, en cuyo caso se amplía la edad de los hijos hasta los 26 años (antes 21), y se contemplan realidades que hasta ahora se mantenían fuera, como la posibilidad de incluir a las parejas no registradas formalmente que pueda acreditar una relación afectiva análoga.
La mayoría de las personas que se van a beneficiar de esta medida son personas que han obtenido la nacionalidad española en los últimos años y pueden traerse a su familia.
También se amplía el concepto de familiar reagrupado a los hijos y progenitores de víctimas de trata, violencia sexual o de género.