En caso que se adjunta, al interesado le habían notificado una Resolución de expulsión por un plazo de tres años el 9 de marzo de 2010.
El 7 de febrero de 2013, se interpuso escrito de Revocación, alegándose y acreditando documentalmente que el interesado había contraído matrimonio con una ciudadana española.
El 5 de marzo, sin que hubiera llegado a transcurrir el plazo de un mes, se notificó Resolución Revocando la Expulsión.
Es importante que para que un escrito de este tipo tenga éxito se pueda argumentar y acreditar nuevas circunstancias que favorezcan al extranjero, siendo importante que el motivo en el que se fundó la Resolución de expulsión fuera únicamente la estancia irregular en el país.
Se acompaña Resolución de expulsión, Escrito solicitando la revocación y Resolución estimatoria de la Delegación de Gobierno.